El Tribunal Supremo ha puesto freno a una práctica muy extendida de la banca: cobrar a la vez una comisión por descubierto y unos intereses de demora sobre el mismo saldo negativo. En su sentencia de 17 de diciembre de 2025, declara nula esta doble facturación y abre la puerta a reclamaciones de empresas y autónomos.
¿En qué consiste exactamente la práctica abusiva?
Cuando una cuenta entra en números rojos, los bancos aplicaban dos cargos distintos sobre el mismo importe: una comisión por descubierto (habitualmente en torno al 4,5% del saldo excedido) más unos intereses de demora que podían llegar al 29% sobre esa misma base. Cobrar dos veces por lo mismo es precisamente lo que el Supremo ha declarado nulo.
El caso concreto: 166.000 euros reclamados al Banco Santander
El litigio partió de una empresa madrileña que reclamó al Banco Popular — hoy Banco Santander — un total de 166.352,98 euros en comisiones por descubierto cobradas en diferentes cuentas de crédito, a las que se sumaban intereses de demora del 29% sobre la misma base.
¿Afecta solo a empresas o también a particulares?
Esta sentencia beneficia especialmente a empresas y autónomos, que utilizan habitualmente líneas de crédito y cuentas corrientes con descubierto para gestionar su tesorería. Los consumidores particulares ya contaban con una protección mayor, pero ahora las empresas tienen un argumento sólido para reclamar.
¿Cuánto tiempo tienes para reclamar?
El plazo de prescripción es de 5 años desde que se produjo el cobro de cada comisión. Es importante actuar cuanto antes para no perder el derecho a recuperar lo pagado indebidamente.
¿Has pagado este tipo de comisiones?
En Stop Usura revisamos tu documentación bancaria sin compromiso. Si tu banco te ha cobrado comisión por descubierto e intereses de mora sobre el mismo saldo, es posible que tengas derecho a recuperar ese dinero. Consúltanos de forma gratuita.

